revista de la asociación española de medicamentos genéricos AESEG
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r
eportaje
«corresponde al Gobierno establecer los
criterios y procedimiento para la fijación
de precios de medicamentos y productos
sanitarios financiables por el SNS».
Sin embargo, en el plano legislativo, la
Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y
uso racional de los medicamentos y pro-
ductos sanitarios no supuso el respaldo
suficiente para los medicamentos gené-
ricos. Según la argumentación expuesta
por Antonio Iñesta, fue una norma que
se quedó corta al instar únicamente a la
prescripción por principio activo (PPA),
que es una condición necesaria, aunque
no suficiente, para impulsar la expansión
de los medicamentos genéricos. Dado
que la referida ley encierra «un aspecto
que es negativo para los medicamen-
tos genéricos y que es que, cuando se
permite la sustitución en la dispensación
dentro de un conjunto homogéneo de
precios de referencia, ni siquiera se obliga
a sustituir genérico por genérico, sino que
se opta por el medicamento de menor
precio, aunque sea una marca».
No obstante, el escenario normativo
aún podía volverse menos acogedor
para la deseable expansión de los EFG.
Con el Real Decreto-ley 9/2011, de 19 de
agosto, de medidas para la mejora de la
calidad y cohesión del SNS, entre otras
disposiciones, se modificó el apartado
cuarto del artículo 85 de la Ley 29/2006,
sobre prescripción y dispensación por
principio activo. Con ello se permitió que
«las marcas puedan competir con los
medicamentos genéricos en igualdad de
condiciones». Situación agravada por el
Real Decreto-Ley 16/2012 que el actual
Ejecutivo del PSOE prevé derogar, según
el cual se mantiene la posibilidad de
prescribir por marca comercial. Doctrina
que persistió con la Ley 48/2015, de 29
de octubre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2016, según la cual
se dio fin a la obligación de prescribir
genéricos en situaciones de igualdad de
precio con las marcas, tal como señaló la
entonces directora general de
Cartera de
Servicios y Farmacia del Ministerio de Sa-
nidad
,
Encarnación Cruz
, en un encuentro
organizado por la
Asociación Española de
Medicamentos Genéricos
(AESEG) en la
sede del diario La Razón.
Ejemplos internacionales
Ante estos pasos adelante y atrás, en una
especie de yenka musical, actualizada por
Ricky Martin
en honor de María, y en la
que ganan los pasos hacia atrás; parece
obvio que la legislación española no favo-
rece un mayor uso de los medicamentos
genéricos que redunde en beneficio de la
sostenibilidad de la Sanidad de todos.
Lo resumió con acierto el entonces
presidente de AESEG,
Raúl Díaz-Varela
, el
pasado 1 de febrero en el
Senado
, en la
celebración de los primeros 20 años de
medicamentos genéricos en España. Mo-
mento en que defendió «la necesidad de
aplicar políticas activas que permitan una
introducción rápida y amplia de medica-
mentos genéricos en el mercado». Dentro
de un marco estable, con seguridad jurí-
dica y previsibilidad empresarial, porque
los medicamentos son una herramienta
de política farmacéutica que contribuye
a la sostenibilidad del sistema sanitario.
Dado que no son un elemento de gasto,
sino factores «impulsores y garantes del
ahorro». Desde el convencimiento de que
es necesaria «una diferencia clara entre el
precio de los medicamentos genéricos y
los fármacos de referencia durante el tiem-
po necesario para alcanzar suficiente cuo-
ta de mercado». Lo que permitiría corregir
una anomalía que distancia a España de la
mayoría de países de nuestro entorno.
En ese terreno son ilustrativas las tra-
yectorias de otros países ampliamente
desarrollados. En su momento,
Estados
Unidos
supo sancionar la ley
Drug Price
Competition and Patent Term Restoration
Act
y, posteriormente, creó la
Oficina de
Medicamentos Genéricos
para la defensa
científica de estos fármacos, además de
recoger sus medicamentos genéricos
en el listado oficial denominado Libro
Naranja (
Orange Book
) de la agencia
norteamericana de medicamentos (FDA,
por sus siglas en inglés). No siendo el
único país en alcanzar muy altas cotas en
penetración de medicamentos genéricos.
Como
Alemania
, mercado farmacéu-
tico más importante de Europa, cuyos
«sistemas regulatorio y de reembolso son
progenéricos», según el profesor Iñesta
García. O como
Dinamarca
, a pesar de ser
un país modesto en la producción de EFG.
O frente a los estímulos que reciben los
farmacéuticos para promover un mayor
uso de estos fármacos en
Holanda
. En
sintonía con el convencimiento que se
promueve institucionalmente entre los
médicos de
Reino Unido
sobre la necesi-
dad de usar más estos fármacos.
A la vista de estos pareceres y posicio-
namientos políticos, y en atención a los
ejemplos internacionales mencionados,
parece lógico suponer que el lugar para
los medicamentos genéricos es este y que
su momento también es ahora. Por lo que
toca a cada uno cumplir con lo dicho.
Porque, como razonó Schopenhauer, la
voluntad no nos lleva al futuro, porque
es la propia realidad. O, como dice el afo-
rismo popular, querer es poder. Ya que,
atendiendo al filósofo alemán, distanciar
el deseo proyectado de su consecución
solo produce frustración e infelicidad.
“El cese del encadenamiento
de patentes secundarias
desbloqueará el uso de
medicamentos genéricos
en Europa”