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Una de las críticas más habituales

es poner en duda la validez del

ensayo de bioequivalencia, el cual

está basado en la comparación de la

biodisponibilidad de un medicamento

de referencia cuya patente ha

expirado y de un “potencial

genérico”. Si ambos presentan una

biodisponibilidad similar la respuesta

no se modifica de forma apreciable

ni en intensidad ni en duración.

Sin embargo, la variabilidad en la

respuesta, que siempre se presenta

entre los participantes en el ensayo,

hace que la comparación no sea tan

sencilla. Por ello se establecen unos

límites de referencia para poder

establecer la bioequivalencia entre

los medicamentos comparados,

cuya interpretación no es bien

conocida por muchos profesionales

sanitarios, como lo han reconocido

recientemente varias sociedades

científicas.

Los ensayos de bioequivalencia

no solo se aplican en el desarrollo

de EFG, aunque sea este el uso

más conocido. En el desarrollo

de medicamentos innovadores la

bioequivalencia es una garantía para

el fabricante, al demostrar la similitud

en la respuesta terapéutica cuando

se deciden cambios en la forma

farmacéutica, en la formulación o en

los procesos de producción industrial.

Biodisponibilidad y

bioequivalencia

Estos dos conceptos, estrechamente

relacionados, son esenciales para

poder definir los EFG y permiten

dar soporte a la justificación de

su intercambiabilidad con los

medicamentos innovadores cuya

patente ha expirado.

La Directiva 2001/83/CE, artículo

10(1), define los EFG como “aquellos

medicamentos que tienen la

misma composición cualitativa

y cuantitativa y la misma forma

farmacéutica y vía de administración

que un medicamento de referencia

cuya equivalencia ha sido

demostrada mediante estudios

de biodisponibilidad apropiados”.

La bioequivalencia es, por tanto,

condición necesaria, aunque no

suficiente, para obtener de las

agencias reguladoras la autorización

de un EFG. Las exigencias en calidad

farmacéutica (contenido en principio

activo, perfil de disolución, etc.)

son comunes para medicamentos

innovadores y genéricos.

Las exigencias técnicas que

deben cumplir los estudios de

bioequivalencia para poder

autorizar a un medicamento

como genérico están recogidas

en guías desarrolladas por las

agencias reguladoras nacionales.

Aunque existen algunas diferencias

metodológicas en las guías de

distintos países los criterios de

bioequivalencia son esencialmente

los mismos. En Europa se aplica

la “Guideline on the investigation

of bioequivalence” publicada en

2010 por la Agencia Europea del

Medicamento (EMA, por sus siglas en

inglés).

La biodisponibilidad expresa la

magnitud y velocidad a la que

un fármaco accede inalterado a

la circulación sistémica. Para su

evaluación se utilizan parámetros

farmacocinéticos como el área

bajo la curva de concentraciones

plasmáticas-tiempo (ABC), la

““

Los ensayos de bioequivalencia no solo

se aplican a los EFG. En el desarrollo

de medicamentos innovadores la

bioequivalencia es una garantía para el

fabricante,