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Una de las críticas más habituales
es poner en duda la validez del
ensayo de bioequivalencia, el cual
está basado en la comparación de la
biodisponibilidad de un medicamento
de referencia cuya patente ha
expirado y de un “potencial
genérico”. Si ambos presentan una
biodisponibilidad similar la respuesta
no se modifica de forma apreciable
ni en intensidad ni en duración.
Sin embargo, la variabilidad en la
respuesta, que siempre se presenta
entre los participantes en el ensayo,
hace que la comparación no sea tan
sencilla. Por ello se establecen unos
límites de referencia para poder
establecer la bioequivalencia entre
los medicamentos comparados,
cuya interpretación no es bien
conocida por muchos profesionales
sanitarios, como lo han reconocido
recientemente varias sociedades
científicas.
Los ensayos de bioequivalencia
no solo se aplican en el desarrollo
de EFG, aunque sea este el uso
más conocido. En el desarrollo
de medicamentos innovadores la
bioequivalencia es una garantía para
el fabricante, al demostrar la similitud
en la respuesta terapéutica cuando
se deciden cambios en la forma
farmacéutica, en la formulación o en
los procesos de producción industrial.
Biodisponibilidad y
bioequivalencia
Estos dos conceptos, estrechamente
relacionados, son esenciales para
poder definir los EFG y permiten
dar soporte a la justificación de
su intercambiabilidad con los
medicamentos innovadores cuya
patente ha expirado.
La Directiva 2001/83/CE, artículo
10(1), define los EFG como “aquellos
medicamentos que tienen la
misma composición cualitativa
y cuantitativa y la misma forma
farmacéutica y vía de administración
que un medicamento de referencia
cuya equivalencia ha sido
demostrada mediante estudios
de biodisponibilidad apropiados”.
La bioequivalencia es, por tanto,
condición necesaria, aunque no
suficiente, para obtener de las
agencias reguladoras la autorización
de un EFG. Las exigencias en calidad
farmacéutica (contenido en principio
activo, perfil de disolución, etc.)
son comunes para medicamentos
innovadores y genéricos.
Las exigencias técnicas que
deben cumplir los estudios de
bioequivalencia para poder
autorizar a un medicamento
como genérico están recogidas
en guías desarrolladas por las
agencias reguladoras nacionales.
Aunque existen algunas diferencias
metodológicas en las guías de
distintos países los criterios de
bioequivalencia son esencialmente
los mismos. En Europa se aplica
la “Guideline on the investigation
of bioequivalence” publicada en
2010 por la Agencia Europea del
Medicamento (EMA, por sus siglas en
inglés).
La biodisponibilidad expresa la
magnitud y velocidad a la que
un fármaco accede inalterado a
la circulación sistémica. Para su
evaluación se utilizan parámetros
farmacocinéticos como el área
bajo la curva de concentraciones
plasmáticas-tiempo (ABC), la
““
Los ensayos de bioequivalencia no solo
se aplican a los EFG. En el desarrollo
de medicamentos innovadores la
bioequivalencia es una garantía para el
fabricante,